¿Qué le falta al Sistema Nacional Anticorrupción de México? What misses the National Anticorruption System of Mexico?

Oscar Diego Bautista1


Resumen: La presente ponencia analiza el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) decretado por el presidente de México y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015. Se retoman algunos antecedentes y se señala que el SNA es un modelo reactivo pero no preventivo por lo que no va a las causas del problema. Hay una ausencia total de la ética pública. Tampoco es un modelo que ofrezca acabar con la impunidad. Lo que se vislumbra es la creación de un Elefante blanco. El viejo truco en política, “el cambiar para que nada cambie”.


Abstract: This paper analyzes the National Anticorruption System (SNA) decreed by the President of Mexico and published in the Official Gazette of the Federation on May 27, 2015. Some antecedents are retaken and it is indicated that the SNA is a reactive but not preventive model so it does not go to the causes of the problem. There is a total absence of public ethics. Nor is it a model that offers to end impunity. What is glimpsed is the creation of a white Elephant. The old trick in politics, "change so nothing changes".


Palabras clave: Prevención de la corrupción; ética pública; Sistema Nacional Anticorrupción; Antecedentes del Sistema Nacional Anticorrupción; Corrupción en México


  1. Antededentes

    Uno de los males que aquejan a la nación mexicana es la corrupción. Dicho mal existe desde hace 500 años. En ese tiempo este fenómeno se ha desarrollado, ha evolucionado al incorporar las nuevas herramientas de la tecnología dando por resultado un mayor crecimiento. La corrupción anida en todos los sectores de la sociedad mexicana.

    Hay corrupción en los sectores del Estado (público, privado y social); en los poderes públicos (Ejecutivo, Legislativo, Judicial), en los niveles de gobierno (Federal/Estatal/Municipal), en al ámbito electoral, en política, en los partidos, en la académica,


    1 Doctor en Gobierno y Administración Pública por la Universidad Complutense de Madrid (UCM), Investigador en el Centro d eInvestigación en Ciencias Sociales y Humanidades (CICSyH) de la Universidad Atónoma del Estado de México (UAEMex). Las líneas de investigación son: Ética pública, buen gobierno, prevención de la corrupción. Correo electrónico: odiegomx@yahoo.com.mx

    en la sanidad en el ámbito mercantil y financiero, en medioambiente, en deportes, vinculada al crimen organizado, vinculada a las empresas trasnacionales, vinculada con organizaciones de la sociedad (Clientelismo político), en obras públicas (metro, puentes, caminos, etc.), en los medios de comunicación, con ONGs, Fundaciones, en las religiones, etcétera.

    Pese a existir precedentes de iniciativas parciales e intentos por combatir el problema de la corrupción en distintas administraciones de gobierno, sin embargo, por primera vez en la historia se diseñó una estrategia que agrupara a un conjunto de instituciones. La idea es enfrentar este problema de manera holística agrupando a un conjunto de instituciones para crear lo que se ha denominado como Sistema Nacional Anticorrupción.

    Dicho sistema es resultado de la presión ciudadana y de los medios de comunicación ante los diversos escándalos de corrupción que vinculaban altos funcionarios, incluido a la pareja presidencial con la famosa Casa Blanca. La crónica de los hechos es la siguiente:


    8 de noviembre de 2014. A través de una investigación periodística publicada conjuntamente en Aristegui Noticias, La Jornada y Proceso, se da cuenta de que el presidente Enrique Peña Nieto y su esposa, Angélica Rivera, adquirieron una vivienda con valor de 7 millones de dólares en las Lomas de Chapultepec. El inmueble fue comprado a una empresa del Grupo Higa –del que es principal accionista Juan Armando Hinojosa–, que la diseñó en función de las necesidades de la pareja. 9 de noviembre: La Presidencia de la República aclara que la casa ubicada en la calle de Sierra Gorda, número 150, fue adquirida por la esposa de Peña Nieto. 18 de noviembre. Ante el creciente escándalo por el presunto conflicto de intereses, Peña Nieto anuncia que su esposa aclarará los términos de la adquisición. Esa misma noche, Rivera afirma haberla adquirido en parte con los 88 millones de pesos que Televisa le pagó para liquidar su contrato como actriz en 2010. (La Jornada, 22/08/2015).


    Un mes más tarde, el 12 de diciembre de 2014, el diario estadounidense Wall Street Journal publicó un nuevo caso presumible de conflicto de intereses: el Secretario de Hacienda en ese momento, Luis Videgaray, había obtenido una casa millonaria en Malinalco, Estado de México, también de la empresa de Hinojosa en octubre de 2012.

    El 3 de febrero de 2015, tras casi tres meses de críticas por el presunto conflicto de intereses por la llamada Casa Blanca, el Presidente da marcha atrás en la pretensión de hacer desaparecer la Secretaría de la Función Pública (SFP), y designa a Virgilio Andrade como nuevo Secretario, encomendándole investigar un posible conflicto de intereses en la adquisición de la mansión. El 21 de agosto de 2015, después de 200 días de investigación, la Secretaria de la Función Pública, en voz de su titular Virgilio Andrade, exculpa al Presidente, Enrique Peña, y al secretario de Hacienda, Luis Videgaray.

    También el 3 de febrero de 2015, como resultado de la presión por el tema de la “Casa Blanca”, el presidente de México anuncia ocho acciones contra la corrupción que incluyen el relanzamiento del proyecto del Sistema Nacional Anticorrupción.

    El 26 de febrero de 2015 se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados el Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la constitución en materia anticorrupción.

    Finalmente, el 27 de mayo de 2015, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos (CPEUM) en materia de combate a la corrupción lo que coloquialmente se conoce como Reforma constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).

    A partir de entonces, el Congreso de la Unión, conformado por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, tenía un año de plazo para emitir las leyes secundarias que señalasen los detalles de operación de dicho sistema.

    Es de señalar que la creación del Sistema Nacional Anticorrupción no es una propuesta de titular del ejecutivo, por el contrario, responde a los diversos escándalos de corrupción que se han gestado en la administración 2012-2018 así como a los niveles de impunidad ante dichas situaciones de corrupción. También se debe a la demanda de la ciudadanía de hacer cumplir la promesa que hiciera Enrique Peña Nieto de combatir la corrupción al dar una conferencia de prensa cuando aún era presidente electo.


  2. Estructura y mecánica del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA)

    El artículo 113 del Decreto en materia de combate a la corrupción por el que se reforma la

    constitución mexicana en materia de combate a la corrupción define al Sistema Nacional Anticorrupción como “la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción así como en la fiscalización y control de recursos públicos”.

    A la promulgación del Sistema Nacional Anticorrupción, le siguió el proceso de elaboración y dictamen de las leyes que reglamentan los diecinueve artículos que se reforman de la constitución. A partir de septiembre de 2015, al Congreso de la Unión le correspondía debatir los ordenamientos que habrán de materializar el Sistema Nacional Anticorrupción. El plazo para presentar las leyes reglamentarias que detallarán la forma de operación del Sistema Nacional Anticorrupción venció el 30 de abril de 2016.

    Algunas de las características a destacar del Sistema Nacional Anticorrupción son los siguientes:


    (ASF)

    Asimismo, se señala que el Comité Coordinador estará en coordinación directa y permanente con los sistemas locales-estatales que habrán de crearse en las 32 entidades federativas.


  3. Análisis del Sistema Nacional Anticorrupción

    Un análisis del decreto del SNA señala las siguientes deficiencias:

  4. Componentes que debe poseer un Sistema Nacional Anticorrupción

    ¿Qué le falta al Sistema Nacional Anticorrupción? La respuesta es amplia dependiendo del enfoque que se elija para combatir la corrupción.

    Algunos enfoques para estudiar el fenómeno de la corrupción son los siguientes: a) La comprensión del problema. Consiste en entrar al tema a través de su conceptualización teórica, esto es, analizando las distintas definiciones con los elementos que conlleva; b) La tipología o formas que adopta la corrupción. Una clasificación establece que hay corrupción, blanca, gris y negra o aquella otra que señala que hay alta corrupción, mediana corrupción y baja corrupción; c) Las características de cada tipo de corrupción; d) Las causas de su aparición, es decir, las razones por las que el ser humano se corrompe; e) Los efectos que genera en lo político, económico, administrativo, social, etcétera; f) Las formas de operación; g) La percepción y medición de la misma (las cifras que conlleva); h) Los sectores o áreas de determinadas en las que se manifiesta (Educación, salud, medio ambiente, parlamento, justicia, seguridad, etcétera); i)

    Los casos más sonados en los medios de comunicación. Al respecto, son ejemplo los siguientes casos: El caso de ex gobernadores: Andrés Granier en Tabasco, Javier Duarte en Veracruz, Cesar Duarte en Chihuahua, Roberto Borge en Quintana Roo. Otros casos son: David Korenfeld en la Comisión Nacional del Agua, la línea 12 del metro en la Ciudad de México, la estela de luz para conmemorar el bicentenario, las toallasgate en la presidencia de Vicente Fox, Pemexgate en las campañas políticas para la presidencia del año 2000, las tarjetas Monex usadas en las campañas a la presidencia en 2012, el escándalo de la “Casa blanca”; j) Los organismos para combatirla, por ejemplo, mediante la creación de una fiscalía anticorrupción, una oficina antifraude, un Canciller de Justicia, etc.); k) Por la legislación internacional anticorrupción, es de señalar que Naciones Unidas cuenta una relación de documentos jurídicos recomendados contra este mal; l) Los mecanismos de prevención; aquí entraría la disciplina ética, en particular la ética pública, junto con sus diversos instrumentos de aplicación práctica.

    En el estudio de la corrupción, no hay enfoque puro, cualquier enfoque de los antes señalados interactúa con otros a la vez, no obstante, cuando se realiza una investigación ha de darse prioridad a un enfoque en particular.

    Este artículo se inclina por el enfoque de la prevención de la corrupción a través de la Ética Pública. Frente a la pregunta de por qué se corrompen los servidores públicos, diversos estudios1 demuestran que la causa de dichos comportamientos reside en la ignorancia de valores, en la carencia o ausencia de ética. Siendo entonces que la ética no sólo es importante sino necesaria. Pero ¿cómo hacer operable la ética? ¿Qué instrumentos conlleva? Algunos componentes éticos necesarios que podría incorporar el SNA se agrupan en los siguientes bloques:2

    Políticas: a) Política de difusión de valores del servidores públicos, b) Políticas estrictas en materia de regalos, c) Políticas de Recursos Humanos basadas en valores, d) Política de inclusión de ética en el Sistema Educativo Estatal, e) Política de ética en las profesiones, f) Política de profesionalización del servidor público, g) Política de acceso a la información pública,

    h) Política de publicidad y transparencia de las decisiones, i) Política de reestructuración en los niveles de la administración pública, j) Política de refrendo en las decisiones públicas, k) Política de regulación de los cabilderos o lobbies, l) Política de no proliferación de conflicto de intereses.

    Organismos: a) Defensor del Pueblo u Ombudsman Parlamentario, b) Órganos de

    protección a denunciantes, c) Medios de comunicación transparentes y honestos, d) Organismos de prevención y lucha contra la corrupción, e) Comisión de lucha contra la corrupción, f) Oficina antifraude, g) Fiscalía Anticorrupción, h) Fiscales institucionales independientes y secretos, i) Oficina Nacional de Investigación, J) Organismos de control del presupuesto, k) Oficina Estatal de Auditoria, l) Tribunal de Contabilidad, m) Organismos sancionadores, n) Tribunal especializado en asuntos de corrupción, ñ) Tribunal de ética gubernamental

    Instrumentos éticos: a) Consejo de ética, b) Oficina de ética, c) Ley de ética, d) Códigos de ética y de gobierno, e) Expertos o profesionales en ética pública, f) Auditoria ética, g) Tribunal de ética.

    Acciones: a) Dignificación del juramento en la toma del cargo, b) Formación de líderes éticos, c) Captación de denuncias, d) Desarrollar una escala de conducta ética de los servidores públicos.

    Dichos componentes deben estar articulados con el fin integrar un modelo sólido, eficiente, completo y verdadero. El Sistema Nacional Anticorrupción, de forma, aparenta combatir las prácticas corruptas; de fondo, no entra con la profundidad necesaria en la materia. En la forma de abordar esta problemática se requiere ampliar la visión de análisis, incorporando a la estrategia de lucha enfoques multidisciplinarios con nuevas herramientas como las que ofrece la ética pública. Una combinación equilibrada de medidas preventivas respaldadas tanto en la ética pública como en medidas sancionadoras permitirá enfrentar a la corrupción en sus múltiples formas y facetas.

    Lo que sigue, una vez que se tiene el modelo de operación, es, por un lado, su institucionalización y, por otro, la divulgación del tema, ponerlo en el debate público, en los ciudadanos pero también en los gobernantes hasta que juntos comprendan la necesidad de elevar la ética pública a una política de Estado.


  5. Retos de un Estado corrupto

    Una analogía para comprender el esquema actual del Sistema Nacional Anticorrupción sería la del “Árbol podado”. Imaginemos un árbol robusto, grande, frondoso, que crece día a día y al que cada vez le salen más ramas. Ahora imaginemos que ese árbol es la encarnación de la corrupción. Al tener nuevas ramas y expandirse crece la corrupción. Ahora pensemos que un grupo de

    leñadores ha descubierto la malevolencia del árbol y han decidido acabar con él. La estrategia para acabar con el árbol se reduce a podar o cortar algunas ramas, ignorando, que con cada poda, estas se desarrollan con mayor vigor.

    La relación de esta alegoría con el Sistema Nacional Anticorrupción es la siguiente: el árbol robusto, fuerte y en expansión es la corrupción; los leñadores son los legisladores; la estrategia para combatir el árbol es el Sistema Nacional Anticorrupción.

    Bajo el actual esquema de operación del Sistema Nacional Anticorrupción, haciendo prospectiva, es posible augurar, sin ser adivinos y sin necesidad de acudir a las pitonisas o al oráculo de Delfos, que se está gestando un “Elefante blanco”3 institucional. Dicho elefante, además de ser oneroso para la ciudadanía, no previene la corrupción, no persigue ni castiga a los corruptos, ni mucho menos lleva a cabo una depuración de aquéllos elementos negativos del servicio público protagonistas de prácticas corruptas.

    En este sentido, la historia dé una más de sus vueltas, esto es, se pretende crear un sistema con un fin noble, pero dicho sistema se corromperá y paradójicamente terminará actuando en favor de las causas que debían combatir.

    El Sistema Nacional Anticorrupción carece de autonomía plena en la forma de operar y de tomar decisiones, solo se le deja margen de actuación en aspectos técnicos; tampoco establece medidas de fondo. Si bien ofrece algunas novedades como la inclusión de un Comité de Participación Ciudadana o la creación de Sistemas Estatales Anticorrupción, la autoridad gubernamental en turno tiene la sartén por el mango al controlar y decidir a quién poner en puestos clave de las instituciones que conforman el sistema.

    En suma, el modelo que se presenta del Sistema Nacional Anticorrupción, de forma aparenta combatir las prácticas corruptas; de fondo, no entra con la profundidad necesaria en la materia.

    ¿Cuál es la diferencia entre que existan leyes, normas, instituciones que dicen combatir la corrupción pero solo simulan hacerlo, y que no exista ningún elemento para combatir la corrupción? Respuesta inmediata: no hay diferencia. De no existir ningún organismo para combatir la corrupción, al menos se ahorrarían gastos exorbitados que es lo que implica mantener un elefante blanco.

    En la forma de abordar el problema de la corrupción se requiere ampliar la visión de

    análisis, incorporar a la estrategia de lucha enfoques multidisciplinarios con nuevas herramientas como las que ofrece la ética pública.

    En la administración 2012-2018 ya ha habido iniciativas importantes relacionadas con la Ética Pública en espacios importantes de gobierno. Muestra de ellos son las siguientes:

  6. Reflexiones finales

    Este trabajo demuestra que existen diversos instrumentos, organismos, acciones y políticas que pueden hacer frente a la corrupción. Que la suma de estos organismos, acompañados por principios y valores, podrían sentar las bases de un Estado Ético que limite la corrupción.

    Los países más limpios y transparentes del planeta lo son gracias a que se apoyan en una educación sólida y a que aplican instrumentos éticos, lo que demuestra que la ética pública llevada a la práctica funciona, que es la mordaza para controlar la corrupción.

    Un estudio comparativo sobre ética pública en países de la Unión Europea demostró que “El trabajo sobre la ética condujo a la reducción de la corrupción a su vez mejorando el crecimiento económico” (Molainen y Salminen, 2007).

    Otro problema grave que arrastra México es la impunidad. No basta con tener mecanismos mediáticos aparatosos para hacer alarde de la corrupción, hace falta autoridad y valor para castigar verdaderamente las prácticas corruptas. “La impunidad en México es tan grave que el dato duro enchina la piel: menos del 1% de los delitos se castiga” (Hernández, 2018, 3).


    Guillermo Zepeda fue pionero en estimar la impunidad en México. En su libro “Crimen sin castigo” (2004) calculaba que se enunciaba una cuarta parte d elos ilícitos cometidos y apenas se esclarecía el 4.5%. Al final solo 1.06% terminaba en una sentencia condenatoria. Es decir, que la impunidad, entendida como delito sin castigo era de 98.94%.

    El investigador del colegio de Jalisco actualizó su estimación en 2017 con resultados aún más alarmantes. Ahora sólo se denuncian 6.4% de los ilícitos y apenas se esclarece el 0.89% casi ninguno. A esta minúscula proporción de caos hay que restar además aquellos en los que el responsable no es capturado o no es vinculado a proceso y los que no terminan en condena. Esto deja, de acuerdo con Zepeda, una impunidad de alrededor del 99.5%. Es decir, que de cada mil crímenes se hace justicia en cinco (Hernández, 2018, 3).

    De esta manera, los corruptos, además de continuar con sus prácticas basadas en antivalores, contribuyen a que la impunidad se robustezca, convirtiendo a su vez al Sistema Nacional Anticorrupción en el hazmerreír de la población.

    Respondiendo a la pregunta sobre qué le falta al SNA, la respuesta inmediata sería su antídoto: la ética pública y sus instrumentos de aplicación práctica. Imposible detener la corrupción si no se toma en cuenta a la ética.

    La ética pública es un poderoso instrumento para controlar la corrupción. Ya Aristóteles, en el siglo IV a. c., escribía: “Es mucho más necesario nivelar los deseos de los hombres que sus propiedades y esto solamente puede realizarse con un sistema adecuado de educación, reforzado por la Ley”.


  7. Bibliografía

Aristóteles, Política, en Obras, Madrid, Editorial Aguilar.

Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de ética de los servidores públicos del Gobierno federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la Función Pública y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de ética y de prevención de Conflictos de Interés; Diario Oficial de la Federación, 20 de agosto de 2015.

Aviso mediante el cual se informa de la publicación del Código de conducta de los servidores públicos de la Oficina de la presidencia de la República, Diario Oficial de la Federación, 16 de febrero de 2016

Aviso mediante el cual se informa de la publicación de las bases para la integración y funcionamiento del Comité de ética y de prevención de conflictos de interés de la Oficina de la Presidencia de la República, Diario Oficial de la Federación, 7 de abril de 2016.

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones de la Constitución política de los Estados Unidos mexicanos en materia de combate a la corrupción; Diario Oficial de la Federación, 27 de mayo de 2015.

Diego, Oscar, Componentes para un Sistema Nacional Anticorrupción, Colección Cuadernos de ética para los Servidores públicos No. 18, Toluca, UAEM/ Contraloría del Poder

Legislativo, 2015.

Diego, Oscar, Medidas para prevenir y controlar la corrupción. El caso de Finlandia, Colección Cuadernos de ética para los Servidores públicos No. 19, Toluca, UAEM/ Contraloría del Poder Legislativo, 2015.

“El informe de Virgilio Andrade. La historia del escándalo”, la Jornada, 22 de agosto de 2015. Consultado por internet el 3 de mayo de 2016, http://www.jornada.unam.mx/2015/08/22/politica/003n1pol

Hernández, Saúl (2018), “Crimen sin castigo. Denunciar sirve de poco”, México, Diario El Universal, Sección nacional, 15 de enero, p. 3

Molainen, Timo y Salminen, Ari (2007), Comparative study on the public service ethics of the Euro Union member States, Helsinki, Ministry of Finance.


Notas


1 En otros trabajos se ha dado respuesta a esta pregunta. Ver Oscar Diego (2009), a) Ética pública y Buen gobierno; b) Ética para corruptos. Una forma de prevenir la corrupción en los gobiernos y administraciones públicas.

2 Cabe aclarar que existe una obra en la que se desarrollan cada uno de los componentes aquí señalados.

La obra se titula: Componentes para un Sistema nacional Anticorrupción bajo un enfoque ético la cual forma parte de la Colección Cuadernos de ética para los servidores públicos No. 18, Toluca, UAEM/Contraloría del Poder Legislativo, 2016. Ver: http://www.contraloriadelpoderlegislativo.gob.mx/publicaciones.html

3 La expresión «elefante blanco» es atribuida a posesiones que tienen un costo de manutención mayor que los beneficios que aportan, o a aquellas que proporcionan beneficio a otros, pero que únicamente

ocasionan problemas a su propietario. Su origen viene de los reyes antiguos de Thailandia, los cuales, cuando no estaban satisfechos con un súbdito, le regalaban un elefante blanco. El súbdito debía cobijar y mantener al enorme animal y permitir el acceso a aquellos que quisieran venerarlo, lo cual tenía un costo que, muchas veces, arruinaba al súbdito.